Respaldo unánime tuvo en la Sala de la Cámara el proyecto que busca sancionar a quienes, en vehículo motorizado, dañen a ciclistas (boletín 13975).
El texto se analizó en la Comisión de OO.PP. Transportes y Telecomunicaciones y su informe lo entregó el diputado Mario Venegas (DC). Tras su debate, se aprobó de manera unánime y pasó al Senado, para su segundo trámite.
Establece que a los conductores responsables de lesiones se les sancionará, además de las penas ya establecidas, con la suspensión de su licencia de conducir. El tiempo de la suspensión lo determinará el juez y dependerá del tipo de lesiones, pudiendo llegar incluso a los 60 meses.
En caso de reincidencia, además de las sanciones señaladas, el juez podrá suspender la licencia de conducir. Podrá variar desde 48 meses hasta la inhabilidad perpetua para conducir vehículos a tracción mecánica o animal.
Adicionalmente, se establece que constituye presunción de responsabilidad del conductor cuando no se mantenga una distancia razonable y prudente con los vehículos motorizados y ciclos que le anteceden o circulan en la calzada.
Finalmente, la norma modifica la escala de multas de las infracciones de tránsito, las que pueden llegar a 6 UTM ($315.000 app.) cuando sean calificadas como “gravísimas”.