Congresistas de la Nueva Mayoría explicaron que buscan un reconocimiento legal del fenómeno, que comprende diversas prácticas en que la decisión de la madre es pasada a llevar por parte del personal de asistencia al parto.
Las diputadas Marcela Hernando (PRSD) y Loreto Carvajal (PPD) presentaron un proyecto de ley que consagra de manera legal el concepto de “Violencia Gineco-Obstétrica”, definida como una situación producida en contra de las mujeres que se encuentran ejerciendo sus labores de parto. La moción define los derechos de la mujer embarazada; la asistencia al parto; actos que constituyen formas de violencia; derechos de la mujer no embarazada y derechos del padre, entre otros.
Acciones inconsultas
La diputada Marcela Hernando explicó que la moción busca regular situaciones habituales pero no contempladas en el marco legal, buscando entregar derechos “a aquella mujer a la que se le realiza una cesárea inconsulta cuando no es justificada desde el punto de vista de la salud, o cuando se viola y se discrimina sus posibilidades de tener apego con su bebé y se le retira de su lado las primeras horas, o cuando un funcionario de la salud cualquier calidad que este tenga trata o maltrata a una joven extranjera en el momento en que está por tener un bebé. La idea es que todas estas cosas sean penalizadas como un delito”.
Embarazo joven
La diputada Loreto Carvajal explicó que hay casos de jóvenes de 15 o 16 años que son maltratadas verbalmente y tratadas de mala manera porque están embarazadas. “Ningún funcionario puede arrogarse el derecho de reprocharles porque están embarazadas a tan temprana edad, o hacerles sufrir dolores innecesarios porque no tienen a su lado a familiares que puedan acompañarles en este difícil proceso. Nos parece relevante que hoy día cuando el Congreso aprueba el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género presentemos este proyecto, ya que el respeto a la dignidad de la mujer también debe traducirse en hechos concretos”, indicó la parlamentaria.
“Muchas veces los establecimiento de salud, principalmente los de carácter público, no consideran la opinión y humillan a las mujeres que están en edad de procrear, que se hacen un seguimiento ginecológico, que están embarazadas o han dado a luz, principalmente en los lugares donde hay ruralidad”, aseguró Carvajal.
Sanciones
El proyecto define sanciones a los funcionarios de la salud, sean de recintos privados o públicos a través del Código Penal. A ello se agregan sanciones al Prestador de Salud que incumpliere total o parcialmente con lo dispuesto en la presente ley, que será sancionado por la autoridad sanitaria competente con multas de 10 a 50 UTM. En caso de reincidencia, se aplicarán las mismas sanciones dobladas.