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Diputada Hernando presenta proyecto de Ley para terminar con la retención de propinas de mozos y garzones

Diputada Hernando presenta proyecto de Ley para terminar con la retención de propinas de mozos y garzones

Descuentos de IVA y retenciones correspondiente a montos por operaciones con Transbank se encuentran entre las prácticas que van en desmedro de los trabajadores.

Frente a los abusos que cometen algunos empleadores con sus mozos o garzones en lo que se refiere a propinas, la diputada Marcela Hernando, representando a la Bancada Radical, y en conjunto con la bancada de la Democracia Cristiana, presentó un proyecto que busca regular este ámbito. La legisladora señaló que algunos empresarios retienen un porcentaje de la retribución voluntaria que entrega el cliente.

Solución

En su moción parlamentaria, Hernando propone agregar el “artículo 64 Bis” al Código del Trabajo, “lo que indicamos es que la propina se distribuiría en la forma en que la mayoría de los trabajadores acuerde, sin tener injerencia en esto el empleador, quien sólo tendrá como obligación informar los detalles cada 6 meses a la inspección del trabajo. “El empleador no podrá descontar, ni retener, bajo ningún motivo  la propina recaudada y deberá hacer entrega íntegra de ésta, aún cuando el método utilizado para pagar haya sido distinto al efectivo”.

Retenciones y descuentos

“Existe un abuso tremendo; no es parejo entre todos los empleadores. La verdad es que depende del negocio donde trabajan, pero se les retiene el porcentaje correspondiente al uso de la máquina para Transbank y también se les retiene el porcentaje de IVA”, advirtió la representante por la Región de Antofagasta, quien pormenorizó que además hay retenciones de propina que pueden durar más de un mes, o incluso descuentos arbitrarios para pagar vasos quebrados, entre otros elementos, situación que fue denunciada por agrupaciones de garzones que se acercaron a la diputada.

En la fundamentación de su proyecto de ley Hernando explica que la propia Dirección del Trabajo considera que la  propina no constituye remuneración, puesto que los garzones no la reciben del empleador sino del cliente. “Por tanto, las sumas que se perciban no son imponibles, y por ende, no deben considerarse para el cálculo de otros beneficios que perciben los trabajadores tales como horas extras, remuneración por feriado o indemnizaciones por años de servicios.  Por consiguiente, es ineludible que la propina que deja cada cliente debe ser entregada en forma íntegra”, señala el escrito.


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