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Diputada Hernando presentó proyecto de ley para aumentar sanciones a quienes rayen edificios patrimoniales

Diputada Hernando presentó proyecto de ley para aumentar sanciones a quienes rayen edificios patrimoniales

Sólo en la comuna de Santiago se gastan aproximadamente de $90 mil millones anuales en reparar el daño provocado por rayados no autorizados.

Una moción parlamentaria que agrega un nuevo artículo al Código Penal presentó la diputada Marcela Hernando (PRSD), preocupada por el visible estado de deterioro de los edificios patrimoniales. El proyecto de ley instituye el delito de rayado en propiedad pública y privada, estableciendo pena de presidio en su grado medio y una multa de 15 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

Excepción

“Este es una moción parlamentaria que apunta a favorecer el trabajo que hacen los municipios, en el sentido de fiscalizar los rayados. No todos los rayados, porque la idea es que sigan existiendo aquellas iniciativas, generalmente juveniles, pero que tienen que ver con murales que incluso son financiados por algunos municipios o gobiernos locales o gobiernos regionales”, explicó la parlamentaria por la Región de Antofagasta.

Patrimonio

En la fundamentación del texto legal la diputada Hernando menciona un estudio de la Fundación Calle Dieciocho, realizado durante el año 2012, que tuvo su enfoque en empresas y edificios patrimoniales, revelando que sólo en la comuna de Santiago se gastaron 94 mil 941 millones de pesos en reparar las intervenciones no autorizadas.

Agravante

La congresista enfatizó en el daño que los rayados indiscriminados generan en las ciudades, especialmente en sectores turísticos y culturales. “Sin embargo, existen muchos graffiti que lo único que hacen es dañar la infraestructura pública. Entonces, este es un proyecto de ley que lo que pretende es penalizar y que de verdad las personas tengan que cumplir con algunas multas significativas e incluso con alguna prisión de tipo medio”, advirtió Hernando.
La iniciativa, que pasará a la comisión de Constitución, Legislación y Justicia supone como agravante que la propiedad afectada sea un inmueble patrimonial o monumento público, considerando una pena de presidio mayor en su grado máximo y una multa de 90 UTM.